La Receta multiprescripción

Límites actuales para el diseño de
la receta electrónica
 
 
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Límites actuales para el diseño de la receta electrónica
Tanto las inversiones ya producidas como las manifestaciones y declaraciones de intenciones de todas las administraciones responsables de la Sanidad Pública, permiten afirmar que los registros clínicos y procesos derivados se encontrarán, en breve, en soporte electrónico disponibles para toda la población, existiendo CC.AA. donde esta cobertura se acerca ya al 100% de los usuarios censados.
Esta evidencia, que nos ha permitido afirmar con anterioridad en este documento que el soporte informático ha de ser en un inmediato futuro el vehículo que dé soporte a la prescripción, se ve limitada por la muchas veces egoísta, parcial y poco meditada visión de las diferentes administraciones, estatal y autonómicas, que no han sido capaces de resolver problemas que deberían de abordarse con generosidad y eficiencia, para asegurar la libre, generalizada y correcta circulación de las recetas en cualesquiera que sea su formato.
Sin embargo es preciso manifestar de nuevo que, a partir de la primera conclusión de este documento, en la que se exige la separación de la prescripción, receta y facturación, estos problemas, que brevemente enumeramos a continuación, limitan el deseable perfeccionamiento del sistema, pero no impiden la puesta en marcha del proceso de receta electrónica, ni desde el punto de vista del prescriptor ni desde el punto de vista del ciudadano que, no olvidemos, es el objeto final de la prestación sanitaria.
El primer problema cuyo abordaje sería necesario, no solo ya por su trascendencia en la correcta identificación de un fármaco en una receta sino, además, por la que tiene desde el punto de vista científico y de oferta de calidad de un buen servicio sanitario, es el diseño de un nomenclátor de productos prescribibles que supere el desastre que, desde el punto de vista intelectual, informático y clínico, supone el actualmente en uso por parte del Ministerio de Sanidad. Es preciso abordar, con urgencia, la tabla de principios activos y la numeración identificativa única, invariable y unívoca de un producto a lo largo de toda su existencia en alta. No abordar este problema, sin embargo, no impide la puesta en marcha del proceso de receta informática.
El camino de la identificación del paciente, a efectos de su atención en la Sanidad Pública, ha sido recorrido por las diversas Comunidades Autónomas, en aras de sus competencias, sin un criterio unificador ni amplitud de miras, más con celoso espíritu de propiedad que con afán de servicio al ciudadano. Cambiar esta tendencia sería deseable pero, incluso a pesar de ello, la correcta, y única, identificación de un paciente ya es factible con el NASS (Nº de Seguridad Social), quedando solo para los universalizados el problema de estar circunscritos a su Autonomía, salvo se comunicara a una base común y única administrativa, a semejanza de lo que actualmente sucede en la identificación de ciudadanos a nivel municipal. No abordar este problema, sin embargo, no impide la puesta en marcha del proceso de receta informática.
Un problema añadido, relacionado con la identificación, lo constituye el régimen de cobertura de Seguridad Social a efectos de financiación de los productos sanitarios prescritos. En puridad de criterios, la financiación de un producto prescrito a un paciente depende de la cobertura que ese paciente posee en el momento de la trascripción a una receta de un envase concreto. Este problema, que hace unos años en general solo se producía en cambios prácticamente definitivos de tipo activo/pensionista, tiende a agravarse en la actualidad por el acceso intermitente al mercado laboral y la dependencia familiar, cuestión que genera idas y vueltas en la cobertura otorgable a muchos pacientes. No abordar este problema, sin embargo, tampoco impide la puesta en marcha del proceso de receta electrónica.
El último elemento de necesaria definición lo constituye el profesional prescriptor, de quien se precisaría identificar su cualificación y potestad para realizar un acto como el que está realizando, y su lugar de desempeño. Sería deseable por tanto facilitar a éste una correcta identificación, y proveer a la sociedad de mecanismos que certifiquen que dicho profesional posee esa capacidad asociada al lugar en el que la ejerce. No abordar este problema, sin embargo, tampoco impide la puesta en marcha del proceso de receta electrónica.
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Las ideas clave
Receta multiprescripción manual, informática o electrónica
Tarjeta-Chip como vehículo de la prescripción
Control completo del paciente acerca de su información clínico-terapéutica
¡No a la base de datos clínico-terapéuticos, única-común, por Comunidad autónoma o Estado (Repositorio predispensación)
Código Nacional del Medicamento unívoco e inmutable
Completa trazabilidad del medicamento por etiquetado del envase con Código Nacional, número de serie y lote
 
El modelo aquí presentado, pese a su concreción y aún siendo un eslabón clave de la prescripción, trasciende el propio instrumento de soporte de la misma, estando orientado hacia la mejora integral de la prescripción terapéutica del paciente, que, además, debe complementarse con un sistema adecuado de información profesional del medicamento y de la prescripción.
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