La Receta multiprescripción
Presentación
 
 
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Presentación
No pocos de los problemas con los que actualmente se enfrentan en su práctica los médicos que desempeñan su función en los Centros del Sistema Nacional de Salud, y por extensión afectan a los pacientes que a ellos acuden, derivan de la identificación en un único acto de tres hechos que, si bien están relacionados, son en sí mismos absolutamente diferentes.
Ante la detección de un determinado problema clínico, en un elevado porcentaje de ocasiones, un médico determina la necesidad de prescribir un tratamiento (farmacológico, ortopédico, dietético, etc...). La separación de funciones existente en gran parte de los países de nuestro entorno, aunque no así en otros, obliga en la mayoría de las ocasiones a que, para la dispensación del tratamiento prescrito, el médico deba recetar el mismo, o sea, plasmar su indicación en un documento llamado receta que otro/otros profesionales, en nuestro país fundamentalmente ligados a la profesión farmacéutica, se encargarán de interpretar poniendo el producto prescrito a disposición del paciente. Finalmente, la particular estructura de nuestro Sistema de Salud, ha motivado que el formato de esa receta se adapte a una serie de peculiaridades, distintas en función de los derechos adquiridos de los pacientes, del régimen que les aporta cobertura sanitaria, de la composición de los productos e incluso de la publicidad dada a su nombre comercial, de modo que se facilite al dispensador, en su caso, facturar el importe asumible por el sistema, y a éste la función inspectora de lo facturado.
 Desde el punto de vista clínico, sensu estricto, la función profesional del médico en este proceso, podría haber finalizado en el momento de la prescripción, y el hecho que no sea así ha contribuido de tal manera a pervertir ésta que, prácticamente en todos los foros donde el problema es abordado, se identifica como el mayor motivo de desazón y conflicto en la prestación de sus servicios dentro del ámbito sanitario público, especialmente en la Atención Primaria.
Para hacernos una idea mas precisa de los costes de esta errónea identificación, en España se realizan, grosso modo, unos 750 millones de recetas para el Sistema Nacional de Salud, de las que alrededor de 500 millones son recetas repetidas. La realización de éstas supone unos 100 millones de consultas administrativas, de los 300 millones de consultas anuales de Atención Primaria. En resumen, más o menos la actividad de 10.000 médicos/año, de los 30.000 médicos de Atención Primaria existentes, se dedica exclusivamente a funciones ajenas a su esquema profesional y ligadas a controles burocráticos que les son ajenos.

Un Sistema Sanitario que aspire a ser eficiente no puede continuar permitiéndose este desatino.
 
Procede por tanto manifestar la necesidad ineludible de separar conceptual y funcionalmente las acciones de:
Prescribir, Recetar y Facturar.
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Las ideas clave
Receta multiprescripción manual, informática o electrónica
Tarjeta-Chip como vehículo de la prescripción
Control completo del paciente acerca de su información clínico-terapéutica
¡No a la base de datos clínico-terapéuticos, única-común, por Comunidad autónoma o Estado (Repositorio predispensación)
Código Nacional del Medicamento unívoco e inmutable
Completa trazabilidad del medicamento por etiquetado del envase con Código Nacional, número de serie y lote
 
El modelo aquí presentado, pese a su concreción y aún siendo un eslabón clave de la prescripción, trasciende el propio instrumento de soporte de la misma, estando orientado hacia la mejora integral de la prescripción terapéutica del paciente, que, además, debe complementarse con un sistema adecuado de información profesional del medicamento y de la prescripción.
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